¿Sabías que los contratos de arrendamiento en la CDMX deberán registrarse digitalmente? La Suprema Corte avaló las reformas que buscan regular los incrementos de renta y proteger el derecho a una vivienda digna.

El 28 de agosto de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a los artículos 2448 D y 2448 F del Código Civil para el Distrito Federal, en los que se estableció lo siguiente: 

  • Art. 2448 D  El incremento de la renta nunca será mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior, respecto de la cantidad pactada como renta mensual. 
  • Art. 2448 F  Se establecerá un registro digital de contratos de arrendamiento, de autorización inmediata, a cargo del Gobierno de la CDMX, y para tales efectos el arrendador deberá registrar sus contratos en un plazo no mayor a 30 días de haberlo celebrado; 90 días para contratos celebrados con anterioridad a la reforma. 

Dicha reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación, y el Sistema Digital de Contratos de Arrendamiento, se establecería en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la entrada en vigor. 

Entonces, ¿Por qué aún no existe el Sistema Digital de Contratos de Arrendamientos?

Debido a la reforma, los ciudadanos comenzaron a promover Juicios de Amparo en contra de dichas determinaciones por considerar que violentaba su derecho de libertad contractual y de la propiedad privada, también consideraban que se vulneraría la protección de sus datos personales al ser publicados en una plataforma digital, lo que ocasionó un retraso en la implementación del sistema digital. 

El 25 de febrero de 2026, la SCJN declaró constitucional el contenido de las reformas y adiciones a los artículos 2448 D y 2448 F, validando su contenido. Se estableció que el límite al incremento de la renta nunca será mayor a la inflación del año anterior y que los contratos de arrendamiento deben registrarse en el Sistema Digital que implemente el Gobierno de la Ciudad de México, únicamente con el monto de la renta, el incremento pactado, la colonia y alcaldía del bien inmueble, con el único objetivo de almacenar datos que permitan el seguimiento de la evolución de los precios del arrendamiento que generen estadísticas para evaluar la asequibilidad del contrato, datos que se tratarán bajo estándares de confidencialidad y protección de datos personales. 

A la fecha, aún no se ha implementado el Sistema Digital de Registro de Contratos, sin embargo, los Arrendadores deben estar al tanto, pues es una obligación que deben cumplir. 

¿Sabías que los contratos de arrendamiento en la CDMX deberán registrarse digitalmente?
La Suprema Corte avaló las reformas que buscan regular los incrementos de renta y proteger el derecho a una vivienda digna.

El fin de dichas reformas es proteger el derecho a una vivienda adecuada y digna, reconocido en el artículo 4° constitucional y con ello evitar incrementos desproporcionados que favorezcan a la gentrificación. 

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